Entonces has llegado a tu inmobiliaria de confianza. Conocemos a fondo el pulso del mercado inmobiliario en la sierra Noroeste de Madrid; por eso te orientamos para que adquieras el inmueble que mejor encaje con tus necesidades y con tu presupuesto. Además, te acompañamos durante toda la tramitación de la compraventa, ya sea que busques invertir, cambiar de primera vivienda o hacerte con una segunda residencia en plena sierra de Madrid.
Nos gusta adelantarnos a lo que viene y, por ese motivo, aplicamos tecnologías vanguardistas para ofrecer a nuestros clientes una experiencia verdaderamente diferenciadora.
Si comparamos el mercado inmobiliario con el ajedrez, cada uno de nuestros pisos sería el rey de su partida; los inmuebles de nuestros clientes son demasiado valiosos como para no ocupar el centro del tablero y de la atención.
Te acompañamos a lo largo de todo el proceso de compraventa o alquiler. Sabemos que estas operaciones están llenas de entresijos; por eso queremos que, en cada paso, estés respaldado por un experto.
¿Estás buscando tu próximo hogar en El Escorial? En nuestra plataforma encontrarás una amplia selección de inmuebles en venta y alquiler para dar con la propiedad perfecta para ti. ¡Bienvenido a tu nueva vida en El Escorial!
Vives en un apartamento o en un piso de dos habitaciones y necesitas más espacio.
Te has mudado por trabajo o te has separado y buscas un nuevo hogar.
Activos que no usaremos y es momento de rentabilizarlos: bien al venderlos o alquilándolos.
Hay casos en los que ya no necesitemos una casa tan grande o bien queramos realizar una hipoteca inversa.
Podemos alcanzar nuevos logros, como un hogar en zonas más exclusivas o céntricas.
Tanto si es una herencia y hay varios herederos, como si se encuentra en otra localidad lejana y no sabes qué hacer con ello.
El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD), que suele ser del 6% al 10% del precio de la vivienda, dependiendo de la comunidad autónoma. La tasa de la notaría, que suele oscilar entre el 0,1% y el 0,5% del precio de la vivienda.
Si en el momento de la compraventa el IBI ya ha sido abonado al ayuntamiento por el vendedor, solo se deberá calcular la parte que corresponde al comprador, que deberá abonar esa cantidad en el momento de la firma.